Qué es el derecho al olvido en Internet

Con la llegada de Internet hemos visto cómo la información se ha democratizado a nivel internacional, el acceso a textos divulgativos, opiniones, imágenes y vídeos se ha multiplicado exponencialmente en los últimos años hasta un nivel en que desde nuestra casa estamos a unos pocos clicks de casi cualquier hecho queramos averiguar incluyendo información de carácter personal de millones de individuos. Pero ¿qué sucede cuando no queremos que nuestros datos puedan verse Internet?

 

No estamos hablando únicamente de datos personales, también de noticias o hechos en los que aparezcamos al realizar una búsqueda en Google o cualquier otro buscador. El derecho al olvido se refiere a la legitimidad que tenemos como personas de impedir que nuestros datos personales tales como nuestro nombre o hechos relacionados aparezcan en Internet, especialmente si éstos se utilizan con un objetivo difamatorio.

 

Derecho al olvido en Internet:

 

Puesto que resulta mucho más complicado impedir la publicación de contenidos en Internet, sobre todo por la dificultad de prever qué es lo que se va a publicar o bien echar abajo una página o portal que hable de nosotros (normalmente se realiza por orden judicial), los buscadores tienen su propia opción para denunciar contenidos y por tanto “desindexar” la información relacionada.

 

El 13 de mayo de 2014 el Tribunal de Justicia de la Unión Europea falló a favor del derecho individual considerando que determinados usuarios “tienen derecho a solicitar a los motores de búsqueda como Google que eliminen los resultados de consultas que incluyan su nombre”, según la propia sentencia. Sólo incluye una consideración, y es que los resultados han de ser inadecuados, irrelevantes o excesivos.

 

En el caso de Google, desde un sencillo formulario podemos denunciar estas páginas que hablan de nosotros y no queremos que aparezcan en los motores de búsqueda. Esto no supone en ningún caso la eliminación de la página en que se encuentra, sin embargo en la mayor parte de casos será casi imposible volver a encontrar esa información a no ser que se conozca la ruta o URL.

 

El caché de los buscadores seguirá mostrando nuestra información durante algún tiempo. Del mismo modo toda la información que aparece sobre nosotros indexada (en blogs o bien artículos, incluso obituarios) permanece intocable hasta que Google se pronuncie. Lo cierto es que no siempre acceden a desindexar contenidos, motivo por el cual muchas personas han acudido a los juzgados, que hasta el momento han fallado a favor de los denunciantes.

 

Todo esto se engloba dentro del llamado “Derecho al olvido”, y hace referencia a la dificultad de borrar los datos personales de Internet (principalmente la indexación en buscadores). Se estima que Google accede a borrar sólo el 62% de las peticiones, sin embargo, ese porcentaje aumenta si las personas afectadas acuden a un juzgado a denunciar o bien a la AEPD (Agencia española de protección de datos).

 

Redes Sociales:

 

En el caso de las Redes Sociales resulta mucho más sencillo retirar contenido difamatorio. Especialmente Facebook tiene un sistema bastante funcional en el que cualquier usuario puede informar sobre un mal uso o pedir que se retiren sus datos o bien que no se puedan ver más que de forma privada. Otros como Twitter también permiten denunciar contenido con sólo unos clicks, el problema es que, como en el caso de los buscadores, se deja en manos de la corporación si el hecho denunciado supone una infracción de las normas de la comunidad, algo que en ocasiones no se produce aún cuando se está difamando, lo cual lleva de nuevo a la vía judicial como la más segura para retirar contenido personal de las redes.

 

Como tema relacionado cuando una persona fallece Facebook ofrece una opción para homenajear a la persona o directamente eliminar el perfil. Esto ha generado cierto debate referente a los derechos de las personas fallecidas a que su perfil siga existiendo.

En cualquier caso, a pesar de las facilidades que se ofrecen, no todos los casos son tratados de la misma manera. Volviendo al caso de Google, recientemente ha perdido un caso histórico de derecho al olvido y continúa siendo insuficiente para el 38% de las peticiones que reciben y que, por un motivo u otro, rechazan.

derecho al olvido, derechos autor, temas jurídicos

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