Sobre la caducidad, vulgarización y otras causas por las que puedes perder tu marca

Como ya hemos visto en anteriores ocasiones, el registro de marcas debe ser validado por la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM), la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) o la Organización Mundial de Propiedad Intelectual (OMPI). Pero ¿qué sucede si una marca está en desuso durante un prolongado periodo de tiempo?

  

En efecto, los derechos sobre las marcas no son infinitos en el tiempo, hay diversos motivos por los que podríamos llegar a perder la exclusividad sobre el uso de esa marca. La principal, y que depende exclusivamente del titular, es la no renovación de la misma. En España, la OEPM permite el uso de la marca durante diez años tras los cuales tenemos que renovarla, sino automáticamente perderemos nuestros derechos sobre ella aunque podríamos reactivarla en el plazo de seis meses posteriores al vencimiento  en los que tendremos que pagar las tasas correspondientes. 

 

La OEPM, a instancias de la solicitud de un tercero, también puede considerar que la marca no ha sido utilizada durante un periodo de los primeros cinco años de manera comercial ni de ningún otro tipo. También podríamos renunciar proactivamente a la misma para lo cual debe hacerlo por escrito y ante la OEPM.

 

Pero además hay otros aspectos en los que podemos perder la marca no por caducidad sino por aprovechamiento ilícito debido a su similitud con una ya preexistente. Esos casos son aquellos en los que nuestra marca puede generar confusión en el consumidor sobre su origen, calidad o procedencia respecto a otro producto o servicio para lo cual, o bien la OEPM o bien los tribunales en último término, deben determinar si debe denegarse la solicitud de registro o bien, si está inicialmente concedida, anularse. 

 

Otro aspecto a tener cuenta para el mantenimiento de una marca es el tratar de evitar que tu marca llegue a la fase de “vulgarización”, o lo que es lo mismo, que la marca empiece a usarse como una denominación del producto o servicio como le sucedió a “Kleenex” para referirse a pañuelos de papel, en el cual dependiendo de la OEPM puede que la marca no pueda seguir usando ese nombre por su vulgarización y uso para referirse al producto en sí ya que se entraría en competencia desleal.

 

 Otro ejemplo claro es el de Google, ya que en Estados Unidos se ha convertido en un término en sí mismo para determinar que estás buscando información en Internet, motivo por el que varios ciudadanos presentaron una denuncia para la cancelación del nombre comercial de Google debido a su uso genérico. El tribunal estadounidense sin embargo consideró que cuando se usa este término se refiere no sólo a la búsqueda de información sino de una búsqueda en Google, motivo por el que Google pudo mantener su marca, sin embargo muchos juristas estadounidenses no tenían claro cómo iba a terminar el caso. 

 Es por ello importante conocer todos los aspectos por los que se puede llegar a perder una marca, sobre todo si ésta tiene éxito, y es que un pequeño olvido administrativo puede quitarnos nuestra denominación. Para tenerlo más claro podéis apuntaros al Máster en Propiedad Industrial, Intelectual, Competencia y Nuevas Tecnologías de PONS Escuela de Negocios.

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